Parte 1: ¿Qué saber para firmar contratos?
1. ¿Debo leer el contrato entero? ¿Puedo preguntar cualquier duda sobre él?
Siempre debes leer con detenimiento todo contrato: una vez firmado conlleva obligaciones legales.
Evidentemente debes preguntar las dudas que te surjan. A saber, todo experto tiene el deber de asegurarse de que lo firmado es perfectamente comprendido por las partes.
2. ¿Es suficiente firmarlo solo en la primera página?
No. Todas las partes deben firmar todas las páginas. Además comprueba que firmas el contrato sin alteraciones respecto a lo pactado.
3. ¿Debo quedarme una copia del contrato?
Sí tanto inquilin@/s como propietari@ han de poder consultarlo libremente tras su firma.
4. ¿Qué es más recomendable un contrato verbal u escrito?
Uno por escrito: 'Verba volant scripta manent' (las palabras vuelan mientras que lo escrito permanece).
5. ¿Me pueden obligar a firmar contra mi voluntad?
Nunca, seria un delito de coacciones.
6. ¿Quién no puede firmar un contrato?
Personas: incapacitadas legalmente, menores de edad, quién no cumpla algún requisito establecido en el documento para el bien contratado. En nuestro caso, el alquiler, un co-inquilino sin la documentación acreditativa pertinente.
7. ¿Deben asistir todas las partes a la firma? ¿Qué pasa si alguien no puede?
Es lo adecuado para evitar malentendidos. En el caso de que alguien no pueda asistir la firma puede seguir adelante ya que un co-inquilino puede firmar en nombre de otros (además de en el suyo).En este sentido como recuerda abogados para todos: “El propietario debería exigir (que el co-inquilino) acredite documentalmente que puede firmar por los demás co-inquilinos (...). Si no existe documento que demuestre la representación, será inquilino solo el firmante (y por tanto ese será el responsable). Si hay varios inquilinos es muy aconsejable determinar (...) si responden frente al arrendador por el total de las deudas (responsabilidad solidaria) o solo por su cuota de participación como co-inquilino (responsabilidad mancomunada). Es recomendable exigir la responsabilidad solidaria. “
8. ¿Se puede firmar usando medios electrónicos?
Es legal, eso si, ambas partes deben estar de acuerdo con ello. Sin embargo, desde Finques Feliu y Sepin Editorial lo desaconsejamos. La razón es sencilla: imagina que firmas el documento de buena fe y sin coacciones...luego la otra parte -que tiene el contrato en su poder- introduce una cláusula sin tu conocimiento y firma. Una vez constan ambas firmas, ¿Cómo demuestras que esa cláusula no la conocías de antemano? ya has firmado. Por desgracia, la mala fe existe.
En una semana trataremos qué requisitos te pedimos para formalizar contratos de alquiler con nosotros.