¿Qué saber sobre el empadronamiento? ¿Por qué es muy importante hacerlo correctamente?

18 | 03 | 19
| Consejos para ti

Probablemente a bote pronto no sepas  cuántos empadronados tiene tu localidad es normal lo que sería mucho más preocupante es que la Administración no tuviese ningún método de registro de la población. 

 Este texto pivotará sobre el concepto de padrón. Comenzamos por definir qué es: “es un documento que la administración local elabora con los datos básicos de la población residente en un determinado municipio”. La información que se recoge es principalmente: nombre, apellidos, número DNI/NIE, sexo, edad, nacionalidad, domicilio y ocupación. En esencia con la elaboración del padrón los ayuntamientos buscan conocer la población para saber: la cantidad de habitantes de su municipio, la composición demográfica de la población y su distribución geográfica. 

Cada nuevo habitante está obligado por ley a empadronarse para recibir los servicios sociales básicos. A efectos de la administración pública quién no se encuentra empadronado no vive en la localidad. Si no estás empadronado no te podrás beneficiar de los servicios o ayudas del consistorio. Es importante subrayar que en España los ayuntamientos no están facultados para comprobar la ilegalidad o legalidad de la residencia de un ciudadano no español en España. Para profundizar en la cuestión de la no competencia de los ayuntamientos en inmigración puede consultar el dictamen del Defensor del Pueblo visto en Legalteam. 


Algunas respuestas que debes conocer para no caer en ilegalidades informa Legalitas:


1.    “¿Puedes empadronarte en más de un municipio? No, no es legal el doble empadronamiento. De residir en dos o más localidades debes empadronarte en la ciudad en la que pases más tiempo al año.

 
2.    ¿Puedes empadronarte en una vivienda en que no residas? no, tampoco puedes empadronarte en un domicilio en el que no residas.

 
3.    ¿Sanciona la ley que los datos que proporcionas al padrón sean incorrectos? Sí, conforme el Real Decreto 1690/1986 es un supuesto punible. De la misma manera, se podría llegar a aplicar el artículo 392 del Código Penal sobre la falsedad en documento público que puede ser penado con hasta 3 años de cárcel”.
Este texto, no quiere asustarte. Al contrario, quiere prevenir y explicar la importancia del empadronamiento. Además, para tranquilizarte debemos recordarte que como para inscribirse en el padrón debes ir presencialmente al ayuntamiento ahí puedes preguntar cualquier duda.